Un pensamiento en “RGCirc – Temas

  1. En la pestaña RGCirc-Temas, con relación al tema de Carga y Personas Transportadas en su apartado Obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad, entiendo que está sin actualizar, ya que observo que dicha norma explica la obligación que si el menor de 12 años utiliza dispositivos homologados sí puede viajar delante, aunque se recomienda que viajen detrás y siempre con sistemas de retención homologados. Y la nueva actualización dice que dichos ocupantes (menores de edad) deberán situarse en los asientos traseros y excepcionalmente podrán ocupar el asiento delantero, siempre que utilicen sistemas de retención infantil homologados debidamente adaptados a su talla y peso, en los siguientes casos:
    1.º Cuando el vehículo no disponga de asientos traseros.
    2.º Cuando todos los asientos traseros estén ya ocupados por los menores a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1.
    3.º Cuando no sea posible instalar en dichos asientos todos los sistemas de retención infantil.

    Ruego me saquen de dudas

    Gracias

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